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17 oct 2018

DEPTO. SAN MARTIN - DECLARAN ABSTRACTO EL AMPARO CONTRA LA EMPRESA AGUAS DEL NORTE (COSAYSA)

[ WWW.DATOEXTRA.COM.AR ] La jueza de primera instancia en lo Civil de Personas y Familia 2 de Tartagal, Carmen Juliá declaró abstracta la cuestión materia del amparo contra la empresa Aguas del Norte (Cosaysa).



La jueza sostuvo que el objeto inicial del amparo se ha desvanecido, citando para ello las presentaciones realizadas particularmente la del Ente Regulador de los Servicios Públicos (Enresp).
La acción de amparo fue promovida, como se sabe, por los legisladores del departamento San Martín contra la empresa Aguas del Norte “con el fin de que se ordene suministrar agua potable en condiciones óptimas y regular a los habitantes del Departamento.

Al momento de dictaminar, el Procurador General de la Provincia apuntó que los legisladores que presentaron la acción confundieron la representación parlamentaria con la representatividad adecuada a favor de un grupo de personas, por lo que no se le podía dar curso de amparo colectivo al planteo.
De allí que la jueza resolvió que los diputados provinciales son elegidos para representar al pueblo en esa cámara legislativa pero esto no puede entenderse como suficiente para intentar una acción de clase como lo es un amparo colectivo. Por ello, la jueza le dio el trámite de amparo individual por tratarse de un derecho de usuario de servicio público.

En el trámite, la jueza celebró distintas audiencias y realizó inspecciones oculares. En este marco el Ente Regulador de los Servicios Públicos presentó el plan de contingencia que fuera elaborado por la empresa comprendiendo el período noviembre 2017 a marzo de 2018 y el plan de obras respectivo.
En dicho plan se consignan las acciones llevadas adelante para la recuperación de los niveles de reserva, cuáles son las medidas de abastecimiento alternativo con camiones cisterna y las medidas de verificación del estado y operatividad de estos vehículos. Además del seguimiento de las obras en curso entre las cuales se cuenta la recuperación del pozo 10 Yacuy.

Entre las obras en ejecución se encuentran la ampliación y rehabilitación de la planta potabilizadora de Embarcación, construcción de nueva toma en embalse El Limón y ampliación de planta potabilizadora Itiyuro; nueva captación en Capiazuti para Aguaray y el respectivo acueducto; en Yacuy acueducto y recuperación del pozo 10; nueva cisterna en Villa Güemes de Tartagal y obras complementarias.



Como se recordará, la jueza realizó inspección ocular en el marco del trámite de la causa.

Del plan de contingencia presentado por el Enresp, el plan de obras en ejecución y el resultado de las visitas realizadas, llevaron a la jueza a sostener que el objeto inicial por el cual fue presentado el amparo se desvaneció. Las presentaciones e informes “reflejan la ausencia de un gravamen actual o daño individual que se pretendía mediante esta acción evitar o reparar. El interés personal e individual con el transcurso del tiempo se fue esfumando”.
Por ello la magistrada consideró que corresponde declarar abstracta la acción de amparo interpuesta por los legisladores del departamento “por considerar que se ha tornado inútil una resolución respecto de la misma, como consecuencia de la aplicación de un plan de contingencia presentado por la empresa demandada, al organismo fiscalizador, lo que fue conocido en el curso de la causa, como así también las obras proyectadas y en ejecución, ello así , porque debe atenderse al estado de las cosas existentes al momento de resolverse, no es posible que los jueces decidan cuestiones que, en el curso del proceso, han quedado vacías de contenido o para responder a un interés meramente académico”.
No obstante ello la jueza cuestionó la conducta de la empresa Cosaysa a la hora de distribuir las costas.

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